Condiciones para adoptar un niño en España
Conoce los requisitos y tramites necesarios para adoptar un niño en España
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Adoptar a un niño es una de las mayores alegrías que puede experimentar una pareja, sobre todo si han pasado varios años rellenando formularios y yendo de una oficina a otra. De hecho, adoptar a un niño en España no es una tarea sencilla, hay que superar muchos obstáculos, sobre todo burocráticos. Tanto es así que actualmente, más de 33.000 familias cuentan con un certificado de idoneidad pero esperan para adoptar. No obstante, las parejas que perseveran tienen grandes probabilidades de lograr su sueño.
Los cinco pasos para adoptar un niño
1. Cumplir los requisitos legales para adoptar
Cada Comunidad Autónoma de España tiene requisitos de adopción diferentes; sin embargo, en el artículo 175 del Código Civil se establecen los requisitos generales que deben cumplir los padres adoptivos. Es importante que uno de los miembros de la pareja tenga como mínimo 25 años y que no supere al niño en 40 años. También es fundamental que la relación sea sólida, es decir, que tengan al menos dos años de convivencia y que dispongan de los recursos económicos necesarios para hacerse responsables del niño y su educación. Los futuros padres tampoco deben sufrir ningún tipo de trastorno físico o psicológico que les impida hacerse cargo del menor.
2. Presentar la solicitud a los Servicios de Protección de Menores
El segundo paso, después de revisar detalladamente los requisitos y tener la certeza de que se cumple con cada uno de ellos, es presentar una solicitud de adopción a la oficina de los Servicios de Protección de Menores de la Comunidad Autónoma donde se vive. Cuando la solicitud sea aceptada, la pareja pasará automáticamente a formar parte del Registro de Solicitantes de Adopción de la Comunidad Autónoma, en espera de una valoración oficial.
3. Permitir la valoración de disponibilidad
Una vez que los padres están inscritos en el Registro de Solicitantes de Adopción, serán sometidos a un proceso de valoración de disponibilidad para determinar si son idóneos o no para la adopción. Para llevar a cabo este análisis se revisan documentos legales, se hacen entrevistas personales y se visita el hogar. Además, se verifica la historia personal y familiar de la pareja, su nivel de compenetración y consolidación, su estilo de vida, el apoyo que reciben de las personas de su entorno, sus habilidades educativas y madurez emocional, si han tenido experiencia anterior en la crianza de niños y los motivos que brindan para fundamentar su deseo de adopción.
4. Legalizar el Acogimiento Familiar Preadoptivo
Cuando el proceso de idoneidad para la adopción concluye satisfactoriamente, los padres pasan a formar parte de la lista de selección de los Servicios de Protección de Menores de la Comunidad Autónoma. Básicamente, es el momento en el que les asigna un niño y se formaliza el Acogimiento Familiar Preadoptivo. Entonces comienza el proceso de adaptación del niño a los padres y el hogar. En este período también se suelen planificar visitas al hogar o se realizan entrevistas personalizadas a los padres y al menor con el objetivo de verificar cómo evoluciona la adaptación.
5. Formalizar el Acogimiento Familiar adoptivo
Por último, cuando el Acogimiento Familiar Preadoptivo es favorable, la pareja pueden presentar su propuesta de adopción a la entidad pública de su ciudad. En esta instancia, solo el juez puede aprobar la adopción después de hacer una valoración exhaustiva de la documentación y el informe fiscal. Si la sentencia judicial es positiva, entonces se hará legal la adopción y se procederá a la inscripción en el Registro Civil para modificar los apellidos del menor.
Como colofón, vale aclarar que la nueva ley de la infancia intentará agilizar el proceso de adopción e incluye algunos cambios, como la adopción abierta, permitiendo que los niños adoptados mantengan contacto con la familia biológica. También se prevé el permiso paternal, o sea, cuando un niño ha sido declarado en situación de desamparo podrá ser adoptado a los dos años sin que los padres biológicos tengan que dar el permiso.
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